Era uno de los juicios orales más esperados de este año en la región. Y fue este lunes cuando partieron las audiencias para exponer las pruebas en contra de Rómulo Astudillo Salazar, en la tercera sala del Tribunal Oral de La Serena. El hombre de 34 años fue imputado por el homicidio y violación de Carolina Vega Henríquez (28), el 27 de abril de 2014 en la comuna de Vicuña.
Finalmente, el día jueves por la tarde se conoció el fallo de los jueces de la tercera sala, que estuvo compuesta por los magistrados Jimena Pérez Pinto (presidenta); Jaime Meza Sáez (redactor); y Juan Carlos Espinoza Rojas (integrante). Todos ellos condenaron por unanimidad a Rómulo Astudillo, encontrándolo culpable del delito de homicidio simple consumado y tentado de violación en contra de la joven Carolina.
En el Tribunal Oral llegaron a la conclusión de que “el acusado estuvo solo con la víctima al momento que esta era agredida, pedía ayuda y fue arrojada a la poza de agua en que terminó muriendo por sumersión. Por lo que no cupo sino concluir que fue él quien ejecutó de forma inmediata y directa tales hechos, lo que permite determinar su autoría sin posibilidad de yerro”.
Cabe recordar que la víctima apareció abandonada en las aguas de un canal del sector San Martín de Vicuña, con lesiones atribuibles a un delito sexual. La Fiscalía y la Brigada de Homicidios de la PDI investigaron el caso y determinaron la identidad del presunto autor de los hechos, que aunque nunca admitió su responsabilidad igual terminó siendo condenado.
En la audiencia de comunicación de veredicto, los jueces fundaron su decisión en la pruebas presentadas, señalando que “tales antecedentes en relación a este presupuesto de la acusación, conformaron una serie de presunciones que analizadas en su conjunto por su número, gravedad, precisión y concordancia, formaron convicción suficiente en los jueces, esto es, más allá de toda duda”.
Pruebas como la declaración del Servicio Médico Legal, los testimonios que revelaron que la víctima se quedó sola con el imputado y las evidencias encontradas en el sitio del suceso, permitieron llegar al veredicto condenatorio. Toda la evidencia presentada por la Fiscalía derribó la teoría del imputado, quien dijo que no había participado en los graves hechos.
La Fiscalía de Vicuña expuso que Rómulo cometió estos actos una vez que la víctima salió de un local nocturno junto con otros conocidos y se dirigió hasta calle Independencia con San Martín, a un sector denominado “El Potrero”. En dicho trayecto se les unió el imputado, según la investigación, para compartir unas cervezas en las cercanías de un canal. Ya en “El Potrero”, la mujer quedó a solas con Astudillo según declararon testigos y después apareció muerta en las aguas de una poza, con lesiones atribuibles a un delito sexual.
En el juicio se logró establecer, por la médico legista, que el acusado no logró penetrar a la víctima, sino que habría participado en la tentativa, es decir, lesiones en la zona genital externa. En virtud de ello el tribunal llamó a recalificar ese delito. Respecto al homicidio, el fiscal precisó que no hubo testigos directos, “pero sí hubo un sinnúmero de evidencias que se constituían en piezas de este puzzle”.
Las pruebas van desde el hallazgo del cuerpo de la víctima con sus prendas abajo y con lesiones de acometimiento sexual, hasta un gorro rojo con ADN del imputado y el allanamiento de la pieza donde dormía el sujeto con restos de barro.
La audiencia de comunicación de sentencia, que será redactada por el juez Jaime Meza Sáez, quedó agendada para las 16.00 horas del martes 12 de mayo, en el mismo tribunal serenense.
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Fuente: diarioeldia.cl