A quince días de la presentación de los alegatos por parte de los abogados de la Sociedad Colectiva Civil Defensa Comunidad Pueblo de Caimanes y la Minera los Pelambres, ayer la segunda sala de la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó la denuncia por obra ruinosa interpuesta por la operación del tranque de relaves El Mauro.
En fallo unánime, el ministro Humberto Mondaca, el ministro (I) Carlos Jorquera y la Fiscal Judicial, Ericka Noack, revocaron en todas su partes la sentencia del 14 de mayo de 2014 del Juzgado de Letras de Los Vilos y rechazaron la denuncia presentada por la comunidad. Dicha resolución a diferencias de la opinión del juez de primera instancia desestima la posibilidad de colapso de la obra. Cabe recordar que la demanda fue interpuesta por el Comité de Defensa de Caimanes el 19 de diciembre de 2008 ante el Juzgado de Los Vilos.
ALEGATOS. El pasado 7 de abril, ambas partes realizaron sus alegatos. “Como comunidad vamos a insistir hasta el último y tenemos la plena fe y certeza de que vamos a salir victoriosos en este juicio”, indicó en esa oportunidad el dirigente Cristian Flores.
En tanto, el gerente de Asuntos Externos de Minera Los Pelambres, Jorge Araneda, afirmó “creo que hemos expuesto muy bien nuestro argumento en el sentido que el tranque es una obra segura, que no tiene por dónde ser una obra ruinosa”.
El fallo, entregado ayer miércoles, en su artículo octavo señala que “Interpretando el aludido peritaje – no de la manera como lo ha propuesto el juez a quo – y los otros antecedentes que se encuentran agregados, ya reseñados en el fallo de primer grado, conforme a las reglas de la sana crítica, no es posible coincidir con los razonamientos consignados en el fallo, los cuales han llevado a acoger el interdicto de que se trata, pues todo los datos apuntan que la obra tranque de relaves el Mauro no es una obra ruinosa – diccionario de la Real Academia Española ruina: Acción de caer o destruirse algo – máxime que la denuncia de que se trata, lleva seis años y cuatro meses de tramitación, y obviamente si tuviera tal característica ya habría colapsado”.
Más adelante el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena indica “que el funcionamiento es controlado y fiscalizado, en el caso de El Mauro, por las autoridades técnicas competentes. Todos los antecedentes agregados a los autos apuntan a que la resistencia sísmica del tranque fue evaluada por la autoridad técnica competente –SERNAGEOMIN– previo a la autorización de su construcción, el que tiene resistencia frente a sismos, incluso a un terremoto de magnitud 8,0 frente a las costas de Illapel, no poniendo en riegos la estabilidad del muro y resistencia a las lluvias extremas, en términos que no causaría graves daños al poblado de Caimanes”.
En su parte final el fallo indica que “en suma, no hay evidencia que la obra sea ruinosa, los riesgos no pueden descartarse, máxime que ‘Ninguna obra perfecta ha salido de las manos del hombre”; pero, no hay certeza de que la obra, el tranque, se halle en peligro y que exista expectativa razonable de su real existencia”,
El fallo además, confirma las resoluciones dictadas con fecha 11 de agosto de 2014, que rechazaron las medidas precautorias solicitadas por los denunciantes.
Cabe recordar que este juicio es distinto al juicio por Obra Nueva, en la cual el tribunal de Los Vilos dispuso la demolición total o parcial del muro del tranque de relaves. Minera Los Pelambres apeló igualmente de dicha decisión, la que deberá ser revisada por los tribunales superiores de justicia en los meses siguientes (Ver recuadro)
MINERA LOS PELAMBRES. Sobre la resolución de la Corte de Apelaciones de La Serena, minera Los Pelambres indicó que la decisión de los tribunales de justicia confirma que el depósito de relaves cumple con todas las normas y exigencias en su diseño, construcción y operación, y que es una obra segura, que no representa riesgo en su seguridad. “Este fallo reafirma nuestra convicción en orden a que el tranque de relaves El Mauro no representa riesgo para la seguridad y salud de las personas, tal como lo han señalado los organismos competentes. En su diseño, construcción y operación se aplicaron los más altos estándares de seguridad, cumpliendo con todas y cada una de las normas legales chilenas”, comentó Francisco Veloso, presidente del Directorio de Minera Los Pelambres.
Además, agregó que esta decisión “es una excelente noticia para la minería, ya que da estabilidad y confiabilidad a las autorizaciones y fiscalizaciones que realizan las autoridades competentes”.
EL OTRO JUICIO
••• El juicio de Obra Nueva, busca que la construcción del tranque no genere impactos sobre los derechos que puedan tener las comunidades vecinas. En este contexto, en octubre de 2014 la Corte Suprema ordenó asegurar el libre escurrimiento de las aguas del estero Pupío hacia el poblado de Caimanes y solicitó a Minera Los Pelambres presentar un plan de obras para tal fin, las que podían consistir en la demolición total o parcial del muro del tranque o bien en otras obras principales o complementarias .
Fuente: diarioeldia.cl